Durante décadas, el uso del cinturón de seguridad en España ha sido obligatorio por lo general, pero con algunas excepciones muy concretas, especialmente en circulación urbana y para vehículos profesionales. A partir de 2026, la normativa elimina las exenciones y establece la obligatoriedad universal del cinturón para todos los ocupantes de un vehículo, en cualquier circunstancia y tipo de servicio. La medida refuerza la idea de que el cinturón salva vidas siempre, tanto en trayectos cortos y a baja velocidad como en carretera y a alta velocidad.
Para entender la importancia de esta nueva medida, hay que repasar qué decía la norma hasta ahora y qué cambia exactamente en 2026, para evitar confusiones y futuras sanciones.
Cómo era la normativa hasta hora
Hasta la entrada en vigor del nuevo marco, la legislación española permite excepciones muy específicas del uso del cinturón en vías urbanas. Entre los colectivos más conocidos estaban los taxistas, siempre que circularan en servicio dentro de poblado. El argumento histórico era que la frecuencia de paradas, los trayectos cortos y la necesidad de subir y bajar del vehículo de forma constante no iba en la línea de tener que llevar el cinturón puesto continuamente.

También estaban exentos los repartidores mientras repartían en ciudad e iban de puerta en puerta, así como los profesores de autoescuela y los alumnos durante las clases prácticas, en determinadas circunstancias. En estos casos, se entendía que el propio contexto formativo o profesional justificaba la excepción, aunque siempre limitada al ámbito urbano.
Fuera de estos supuestos, el cinturón ya era obligatorio en carretera y para el resto de conductores y ocupantes, independientemente del tipo de vehículo del que se tratara. Aun así, estas excepciones han sido objeto de debate durante años, especialmente al sacar los datos de siniestralidad, que muestran que una parte significativa de los accidentes graves se produce precisamente en ciudad y a velocidades relativamente bajas.
Qué cambia exactamente
A partir de 2026, el uso del cinturón de seguridad será obligatorio para todos los conductores y ocupantes, sin excepciones por razón de profesión o tipo de servicio. Da igual que se trate de un taxi, un vehículo de reparto, un coche de autoescuela o un desplazamiento de apenas unos cientos de metros, ya que el cinturón deberá ir abrochado siempre que el vehículo esté en marcha.
El cambio responde a una evolución clara en materia de seguridad vial. Por un lado, los sistemas de retención han demostrado sobradamente su eficacia incluso a velocidades muy bajas, donde el riesgo de impacto contra el interior del habitáculo sigue siendo elevado. Por otro, los vehículos actuales llevan airbags y otros sistemas de seguridad pasiva que están diseñados para funcionar correctamente solo si el ocupante lleva el cinturón puesto.
Atendiendo específicamente a la normativa, al eliminar las excepciones, se simplifica la aplicación de la ley, por lo que no hay lugar para las interpretaciones o las confusiones. Sobre todo porque los agentes debían valorar el contexto (tipo de vía, actividad profesional o situación concreta) para determinar si sancionar o no. Con la nueva regla, el criterio será único y objetivo.
¿De cuánto es la multa por no llevar el cinturón?
En España, no llevar el cinturón de seguridad o hacerlo de forma incorrecta se considera una infracción de tráfico grave. Actualmente esta conducta está sancionada con una multa de 200 € y la pérdida de 4 puntos del permiso de conducir para el conductor.
En el caso de los taxis, en vías urbanas, existía la excepción de usar cinturón o un SRI para los niños pequeños, dado que la mayoría de las veces el taxi no disponía de sillas homologadas. En esos casos, el niño iría sobre el regazo de un adulto que sí que llevaría cinturón puesto.
¿Cómo quedará este caso?
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