El Estado debe regular el control metrológico de los instrumentos destinados a medir la velocidad de la circulación de vehículos. Lo hace desde finales del año pasado mediante la Orden ITC/3123/2010 (ITC: Instrucciones técnicas complementarias), publicada el 3 de diciembre de 2010 en el Boletín Oficial del Estado.

En esta orden se dice, por ejemplo, que «siendo la orientación del equipo de medida un factor importante para el correcto cálculo de la velocidad, es necesario someter los elementos de orientación al control metrológico del Estado«.

Por motivos como éste, en las instrucciones detalla medidas a tomar y métodos de comprobación para minimizar los errores de medición. Y, con todo, admite y permite errores de medición de hasta un 7% por exceso o defecto.

Varios factores pueden influir en la precisión del aparato medidor: temperatura, humedad, orientación, salpicaduras, vibraciones, golpes y perturbaciones electromagnéticas son los que aparecen definidos en esta orden.

Después de leer las instrucciones, no me he quedado tranquilo. Probablemente el motivo de mi intranquilidad se deba a mi desconocimiento, pero la lectura de las leyes no me ilumina. En la Orden se dice que durante los ensayos se «deben efectuar al menos 500 medidas en condiciones de tráfico real, bajo condiciones de velocidad y densidad de tráfico variables, y a ser posible a diferentes temperaturas«.

La pregunta surge de inmediato. Debido a que esas mediciones en condiciones de tráfico real deberían hacerse con el radar bien instalado en su cubículo para garantizar la correcta orientación entre otras variables ¿Qué sistema de comprobación se utiliza para saber la velocidad real de los coches que pasan por la carretera durante el ensayo? Además, ¿cómo se sabe que los dos sistemas miden exactamente en el mismo punto?. En otros ámbitos la pregunta sería ¿Quién vigila al vigilante?

Debido a la multitud de factores que influyen en la precisión, la orientación entre otros, ¿Cómo se controla la orientación en un radar montado sobre un coche? ¿Y sobre un trípode? ¿No se deberían realizar 500 pruebas en condiciones reales de tráfico cda vez que el trípode cambia de lugar? ¿Con qué otro sistema móvil se mide la precisión de ese radar en cada tramo? ¿Qué sucede cuando miden la velocidad en curvas? ¿Cómo sabe el radar que el coche que mide se desplaza de forma perfectamente paralela al coche medido, o en un ángulo determinado?

Me gustaría tener respuestas a todas estas preguntas y no las encuentro en las leyes. Escribí al Centro Español de Metrología, pero no me han contestado. La semana que viene insistiré. Tengo más preguntas sobre estos asuntos. La semana que viene las planteo.

Si alguno de ustedes supiera de estas cosas y me pudiera iluminar, se lo agradecería mucho. Yo no sé si los radares miden mal o bien y con qué margen de error. En la ley dice que se admite un margen de error máximo del 7%. Lo que no sé es si tenemos medios para medir el error real de los radares (cuántas emes y erres) en las diferentes circunstancias. Si alguno de ustedes sabe la respuesta, le agradecería que me la diera.

(Espero que no les moleste este tipo de periodismo participativo en el que yo pregunto y ustedes responden. Normalmente debiera ser yo el que buscara las respuestas. Pero ustedes han demostrado demasiadas veces que son más capaces que yo para encontrarlas. Me da la impresión de que yo soy mejor preguntando que respondiendo. Gracias.)