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La actualización del Reglamento General de Circulación introduce un conjunto de modificaciones sustanciales orientadas a mejorar la fluidez de los servicios de auxilio, ordenar la interacción entre vehículos a motor y blindar la protección de los usuarios vulnerables.

Las nuevas directrices afectan directamente a la conducción en vías rápidas, a las obligaciones de equipamiento en vehículos de dos ruedas y a los criterios de prioridad en el entorno urbano. Te contamos todos los cambios.

Cambios para turismos y motos

Uno de los cambios operativos más relevantes para los conductores de turismos se aplicará en autopistas y autovías durante retenciones. A partir de ahora, cuando el tráfico quede detenido, será obligatorio formar de manera preventiva el denominado carril o pasillo de emergencia, permitiendo el paso inmediato de ambulancias, bomberos o policía:

  • En vías de dos carriles por sentido: los vehículos situados en el carril derecho deberán desplazarse lo más a la derecha posible, mientras que los del carril izquierdo deberán hacerlo hacia la izquierda, abriendo un corredor despejado en el centro.
  • En calzadas de tres o más carriles: el pasillo se formará exclusivamente entre el carril situado más a la izquierda y el contiguo inmediato.


La conducción invernal también queda redefinida a través del artículo 32 del reglamento. Ante calzadas afectadas por nieve en vías de alta capacidad, quedará terminantemente prohibido adelantar. Los conductores deberán rodar por el carril de la derecha (o el contiguo en vías de tres o más carriles), manteniendo completamente libre el carril izquierdo para la intervención de quitanieves y vehículos de auxilio.

Para las motocicletas, la norma aporta una solución legal a una práctica habitual: podrán circular por el arcén derecho en situaciones de tráfico totalmente detenido, en los tramos señalizados al efecto, sin superar los 30 km/h. En materia de seguridad pasiva, se establece la obligatoriedad de guantes de protección en carretera y calzado cerrado tanto en vías interurbanas como en ciudad, catalogando su incumplimiento como infracción grave con sanción de 200 euros. Por su parte, los repartidores profesionales en moto deberán vestir chaleco reflectante en todo momento.

En materia de cinturón de seguridad desaparecen, entre otras, las exenciones que hasta ahora afectaban a taxistas y profesores de autoescuela en determinados supuestos. Se mantienen, sin embargo, algunas excepciones específicas, como las previstas para vehículos en servicio de urgencia y para el personal que presta asistencia sanitaria en el habitáculo del paciente de una ambulancia asistencial.

Regulación de semáforos

En el ámbito urbano, el cambio semafórico es una de las medidas más visibles. Hasta la fecha, numerosas intersecciones combinaban el verde para peatones con el ámbar intermitente para los vehículos que giraban. Con la nueva norma, esta simultaneidad desaparece como regla general para eliminar puntos ciegos y atropellos, priorizando la fase roja absoluta para el vehículo mientras cruza el peatón; los consistorios solo podrán mantenerla excepcionalmente mediante un informe técnico justificativo.

Ciclistas y VMP

La convivencia con los ciclistas refuerza sus distancias de seguridad. Al adelantar a una bicicleta, los conductores estarán obligados a reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite específico de la vía y, en carreteras de varios carriles por sentido, a cambiar por completo de carril. En ciudad, los turismos deberán guardar una distancia frontal mínima de cinco metros si circulan tras una bicicleta en el mismo carril. Paralelamente, se elimina cualquier exención al uso del casco ciclista en vías interurbanas (suprimiendo las excepciones actuales por calor o pendientes ascendentes), los repartidores en bici deberán llevar chaleco y casco de forma continua, y los ayuntamientos podrán autorizar, previa señalización, a las bicicletas a circular en ambos sentidos a circular en sentido contrario al tráfico en calles de un solo carril limitadas a 30 km/h.

Por último, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos, asumen un marco legal más restrictivo:

  • Edad mínima de 15 años para su manejo.
  • El casco pasa a ser obligatorio para todos los usuarios.
  • Se exige el uso de chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de visibilidad reducida (siendo permanente para quienes realicen labores de reparto profesional).