Lo que puede parecer un simple ajuste estético, como es cambiar la pintura de tu vehículo, realmente implica mucho más que elegir un nuevo color para el coche. Según la normativa vigente, el color original del vehículo forma parte de los datos de identificación que figuran en el permiso de circulación.
En la práctica, esto se traduce en que si se cambia el color de la pintura del vehículo, deberá ser comunicado. Sin embargo, no todos los cambios requieren el mismo trámite.
¿Cuándo hay que notificar un cambio de color?
La normativa establece que si se modifica alguna de las características que aparecen en la ficha técnica, será obligatorio comunicarlo a la DGT. Por tanto, dado que en dicho documento aparece bien señalado el color del vehículo, es necesario notificarlo y hacerlo constar en la documentación.
Llevándolo a la práctica, si tu coche es azul, en la ficha técnica constará como tal, y si lo pintas de negro, esa información deberá ser actualizada, para lo que hay que notificarlo antes. Se trata de un dato identificativo del vehículo, por lo que es preciso que siempre esté actualizado y refleje la realidad.
Cómo avisar a la DGT del cambio
El proceso es el siguiente:
- Deberás acudir a una estación de ITV autorizada para que le hagan una inspección a tu vehículo por reforma menor, y así actualizar la ficha técnica.
- Una vez pasada esta revisión, tendrás que solicitar en la DGT un nuevo permiso de circulación que refleje el nuevo color del vehículo.
- Deberás también ponerte en contacto con tu compañía de seguros, porque en algunas pólizas este dato puede influir en la prima.

Eso sí, si en lugar de pintar tu coche, decides vinilarlo, la situación cambia. En este caso, se considera un cambio temporal o parcial, ya que el vinilo puede retirarse y que el coche recupere su color original, por lo que no sería obligatorio notificarlo. De hecho, según el Manual de Reformas de Vehículos y las indicaciones de la DGT:
“El cambio de color mediante vinilo no requiere anotación en la documentación ni certificación de homologación, siempre que no se modifique ningún elemento estructural ni afecte a la seguridad del vehículo.”
Para poder acogerte a esta excepción, deberán darse estas 3 condiciones:
- El vinilo debe estar bien aplicado, sin burbujas ni roturas.
- No se pueden vinilar elementos clave del coche, como matrículas, luces o cristales.
- Debe haberse hecho con materiales homologados.
¿Qué pasa si no se notifica el cambio?
Si no se comunica correctamente el cambio, se estaría cometiendo una infracción administrativa, ya que los datos del vehículo no coinciden con los que figuran en el registro oficial. Este dato es clave para la identificación en controles, accidentes o incluso en caso de siniestro.
Esto podría derivarse principalmente en tres consecuencias:
- En la ITV podrían considerar que el color registrado no coincide con el real y requerir una actualización documental.
- En caso de accidente o robo, la diferencia entre el color del coche y el que aparece en la ficha técnica podría complicar la gestión del siniestro y la reclamación al seguro.
El color del coche no viene en la ficha técnica ni en el permiso de circulación. Paseo dos vehículos uno nuevo y el otro con unos años u en ninguno de los dos dice nada del color del vehículo
Exacto, como bien dice Perihelio el color no viene reflejado en la ficha técnica, pero puede venir en otras chapitas identificativas del vehículo, como pasa en mis Opel, donde viene el código de color, pero para nada hay que notificarlo.
Habría que ver si viene recogido en la ficha reducida.
@2 Hola, tocayo, buenos días.
En cualquier caso, hay trabajitos de pintura que podrían y deberían ser motivo de sanción. Plumas y alquitrán, tirando por lo bajo.
En el numero de bastidor está codificado el color.
Para los que dicen que no está…
Sí viene pero no expresado como tal, es un dígito del número de bastidor
Hola buenas, desde las ITV agradeceríamos que no hicieses estos clicbait, ya que luego nos saturáis las estaciones de gente asustada preguntando. En las fichas técnicas “nuevas”, es decir las reguladas por el RD 750, si viene el color, pero simplemente al detectarlo en la itv periódica, anotamos en el apartado de reformas que ha cambiado de color. Pero no implica mucho más allá ni tienen que venir antes de tiempo a notificarlo. Por favor, hagan de periodistas e infórmense un poco y contrasten antes de publicar estas cosas.
Para los que dicen lo del color, en fichas nuevas (Las azules y las blancas para entendernos) viene en el campo “R”