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2. Infracciones muy graves
3. Infracciones graves

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Reforma de la Ley de Seguridad Vial 10-08-2005
  Redacción de km77.com
La reforma de la Ley de Seguridad Vial entra en vigor el 10 de agosto de 2005. Agrava las infracciones e incrementa notablemente el importe de las sanciones.

En esta primera página informamos sobre la cuantía de las sanciones. En las siguientes, detallamos qué tipos de infracciones pueden tener estos castigos.

Las nuevas sanciones:

– Infracciones muy graves: multas de 301 a 600 euros. Siempre acarrearán retirada de carnet.

– Infracciones graves: multas de 91 a 300 euros. Puede conllevar retirada desde un mes y hasta tres meses.

– Infracciones leves: multas de hasta 90 euros.

Además:

– El titular de un vehículo que no identifique al conductor (en el caso de que le haya prestado el coche, o en coches a nombre de empresa) será multado con el doble del importe de la multa inicial. En cualquier caso, como mínimo, se multará con 301 euros.

– A quien sea sancionado por conducir sin permiso se le niega la posibilidad de obtenerlo en un plazo de dos años.

– Conducir durante el periodo de suspensión del permiso se sancionará con la suspensión de conducir durante un año la primera vez y durante dos años en casos reincidentes.

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