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¿Qué luces debo usar en cada momento? Esto es lo que dice la normativa

La normativa española sobre iluminación está regulada principalmente en los artículos 98 a 104 del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003). Estos artículos establecen cuándo deben encenderse las luces, cuáles son obligatorias y en qué circunstancias pueden utilizarse las opcionales. Aunque muchos conductores actúan por costumbre, el reglamento ofrece pautas muy precisas.

Tipos de luces y sus usos

Respecto a las luces antiniebla, la norma distingue entre dos tipos:

Respecto a las luces diurnas, la normativa española no las obliga en ningún momento, pero de acuerdo con la normativa europea, cualquier coche fabricado a partir de 2011 debe llevarlas. Sin embargo, su uso no sustituye las luces de cruce en ningún caso.

Por otro lado, las luces de marcha atrás (puede haber una o dos) se encienden automáticamente al engranar la marcha correspondiente. Están pensadas exclusivamente para maniobras de retroceso.

Las luces de posición se utilizan siempre que el vehículo esté detenido en un vía con poca visibilidad. Imagen de Freepik

Dudas más frecuentes y posibles multas

La confusión más habitual entre los conductores aparece con el uso de antinieblas o de luces largas en zonas en las que pueden resultar molestas. La normativa es clara: cualquier uso incorrecto de la iluminación puede considerarse infracción leve, según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 6/2015 que regula la Ley de Tráfico. La sanción estándar por utilizar mal las luces es de hasta 200 euros, sin pérdida de puntos.

Además, circular sin iluminar correctamente el vehículo durante la noche o en condiciones de baja visibilidad constituye una infracción grave. Solo en casos especialmente peligrosos los agentes pueden valorar sanciones superiores.

Para el uso de luces largas, la normativa insiste en evitar cualquier tipo de deslumbramiento. No hacerlo también puede sancionarse, e incluso considerarse conducción negligente si genera un riesgo añadido.

Respecto al uso indebido del antiniebla trasero, la DGT recuerda que deslumbrar a los vehículos que circulan detrás puede ser igual de peligroso que hacerlo con las largas. Por eso, solo debe encenderse en niebla espesa o lluvia extremadamente intensa. Activarlo con lluvia ligera o simplemente porque es de noche puede conllevar multa.

Un aspecto relevante es el uso de luces en túneles, carriles reversibles o donde una señal lo indica: en todos estos casos las luces de cruce son obligatorias aunque sea pleno día y haya buena visibilidad exterior. Está regulado en el artículo 106 del Reglamento.

Por último, la normativa permite, en algunos vehículos modernos, el uso de luces automáticas, siempre que actúen de forma adecuada a las circunstancias. Aun así, la responsabilidad final sigue siendo del conductor.

¿Se pueden llevar las luces de cruce encendidas todo el día?

Sí, es legal llevar las luces de cruce (cortas) encendidas durante el día en algunos supuestos, según la normativa española. Pero no es obligatorio y depende de la situación y del tipo de carretera. 

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